PLAN DE BENEFICIOS


Incluye servicios ambulatorios (Consulta médica y procedimientos), hospitalización, medicamentos y servicios de complementación diagnóstica y terapéutica. Sin embargo, el plan tiene básicamente tres tipos de restricciones:

1 Exámenes de laboratorio de tecnología de última generación y desarrollo disponibles (pruebas de genotipificación viral)

2- Algunos medicamentos para terapias de rescate y que no están incluidos en el plan de beneficios. Sin embargo, la reglamentación vigente prevé la posibilidad de que el afiliado pueda tener acceso a medicamentos no listados en el POS y que la Entidad Promotora de Salud (EPS) ó la Administradora del Régimen Subsidiado (ARS), recobre el excedente de costo al FOSYGA.

3- En el Régimen Contributivo el usuario debe tener una antigüedad que la EPS puede exigir de máximo 26 semanas de lo contrario se sitúa en un periodo de carencia durante el cual debe costear con su recursos propios o acudir a la red pública

RESOLUCION NUMERO 412 DE 2000


Por la cual se establecen las actividades, procedimientos e intervenciones de demanda inducida y obligatorio Cumplimiento y se adoptan las normas técnicas y guías de atención para el desarrollo de las acciones de protección específica y detección temprana y la atención de enfermedades de interés en salud públicaAlgunas de ellas son:

f. Meningitis Meningocóccica
g. Asma Bronquial
h. Síndrome convulsivo
i. Fiebre reumática
j. Vicios de refracción, Estrabismo, Cataratas.
k. Enfermedades de Transmisión Sexual (Infección gonocócica, Sífilis, VIH/SIDA)
l. Hipertensión arterial
m. Hipertensión arterial y Hemorragias asociadas al embarazo
n. Menor y Mujer Maltratados

Actualizados periódicamente de acuerdo con los cambios en la estructura demográfica de La población, el perfil epidemiológico, la tecnología disponible en el país, el desarrollo Científico y la normatividad vigente. Desarrollará un sistema de control sobre la información decepcionada. Dicho proceso serializará trimestralmente de acuerdo con los cortes de evaluación. Cuando se comprueben fallas en la información, la Dirección General de Promoción y Prevención del Ministerio de Salud o la dependencia que haga sus veces, dará aviso a la Superintendencia Nacional de Salud para que se establezcan los correctivos o sanciones pertinentes.LISTADO DE

PRESTADORES DE SERVICIOS.Las Entidades Promotoras de Salud, Entidades Adaptadas y Administradoras del Régimen Subsidiado deben entregar al momento de la afiliación, el listado de las diferentes Instituciones Prestadoras de Servicios con su dirección y teléfono, indicando las diferentes actividades, procedimientos e intervenciones de demanda inducida y obligatorio cumplimiento que las mismas prestan.